La temeraria reforma electoral de 2014
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La temeraria reforma electoral de 2014

Tijuana BC - lunes 14 de octubre de 2019 - Armando Lares.
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Cuenta voces 

Por: Armando Lares.

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TIJUANA BC 14 DE OCTUBRE DE 2019.-Sin duda el proceso electoral del 2019 es el más controvertido de la historia de Baja California, opacando incluso a aquella mítica elección de 1989, donde se dio la primera alternancia en un gobierno estatal. En la actual aparte del triunfo de una fuerza distinta al PAN y al PRI, uno de los temas que más polémica ha causado, es el período de duración de la gubernatura que habrá de iniciar el 01 de noviembre del 2019.

Esto debido a que en 2014, se realizó una reforma electoral, donde se manejaron diversos temas, como; la elección consecutiva, las candidaturas independientes entre otras cuestiones, además de adelantar la toma de protesta del Congreso del Estado, así como la del Gobernador para que sea en el mes septiembre, además, con la intención de empatar una de las dos elecciones federales con una estatal, se optó por recortar a dos años el período de la siguiente gubernatura y digo se optó porque había más y mejores opciones para empalmar las elecciones locales con las federales. Por ejemplo, pudieron haber establecido Ayuntamientos de dos años del 2016 al 2018, pero de los veinticinco diputados, seis fueron candidatos a alcaldes en 2016, es entendible que no quisieron verse perjudicados, prefirieron crear una microgubernatura.

Por ese y otros motivos, la controvertida reforma de 2014, ha dado mucho de que hablar, toda vez que han salido a relucir muchos errores involuntarios, pero también algunos horrores voluntarios en su aprobación, desde la falta de sociabilización, hasta vicios en el proceso legislativo, lo cual hoy se sostienen como argumentos válidos en la lucha por la ampliación del período.

Uno de esos horrores, fue que la Vigésimo Primera Legislatura no realizó las notificaciones como es debido a los Ayuntamientos, ya es públicamente conocido que en Tecate se entregó la notificación a la señora María del Refugio mejor conocida como Cuquita, que con ese apodo, firmó de recibido, cuando ella desarrollaba labores de mantenimiento en la oficina principal del Ayuntamiento, así como en Ensenada donde fue entregada a una asistente y no al secretario fedatario como lo establece la normatividad municipal.

Mucho se ha dicho que esas fallas no fueron mal intencionadas, pero al revisarlas deja margen a la sospecha, más aún si se considera que la reforma de 2014, fue aprobada con una especie de “afirmativa ficta”, contemplada en el segundo párrafo del artículo 112 constitucional, que a su letra dice: Si transcurriere un mes después de que se compruebe que ha sido recibido el proyecto de que se trata, sin que los Ayuntamientos remitieran al Congreso el resultado de la votación, se entenderá que aceptan la adición o reforma.

Claramente se explica que, una vez turnado el dictamen a los Ayuntamientos, y si estos no dan respuesta dentro del mes siguiente a su recepción, se dará por aprobada y eso es lo que sucedió con esta reforma, se emitió la declaratoria invocando lo establecido en el párrafo aludido, es decir; el Congreso declaró la procedencia de la reforma constitucional, porque los Ayuntamientos no remitieron respuesta alguna.

Como podemos ver en la grafica anterior, el párrafo número cinco de la declaratoria que se emitió el día 11 de septiembre de 2014, claramente dice que los Ayuntamientos no emitieron el sentido de su voto, y resalta que cada uno de ellos, lo que nos afirma que ninguno les dio respuesta en el plazo de un mes. 

Lo que resultaría interesante es conocer los motivos, de porque si el Ayuntamiento de Tijuana, celebró una Sesión de Cabildo el día 03 de septiembre de 2014, donde se aprobó la reforma, y el día 05 de septiembre del mismo año emitió un oficio signado por el Secretario de Gobierno del Ayuntamiento en turno, donde le anexaban la certificación del acuerdo adoptado, mediante el que notificaban la resolución tomada, es decir le estaban remitiendo al Congreso del Estado, el resultado de la votación. Y aún a sabiendas de la notificación, el Congreso emitió la declaratoria el día 11 de septiembre afirmando que ninguno de los Ayuntamientos había dado respuesta a la reforma, pero el de Tijuana desde el día 08 de septiembre ya les había entregado el resultado de la votación del Cabildo, tal y como se puede apreciar en la siguiente imagen:

¿Qué fue lo que llevo a los artífices de la reforma, a no atender el oficio del Ayuntamiento de Tijuana?, ¿Por qué ocultaron que un Ayuntamiento había enviado en tiempo y forma el resultado de su votación?, surgen una y mil interrogantes, sobre todo por tratarse de un asunto tan trascendental, de interés público, estamos hablando de una reforma constitucional, en materia electoral, que no es cosa menor, por lo que se debió privilegiar el principio de máxima publicidad, lo cual no fue el caso.

Este es solo un ejemplo de las violaciones que se dieron al procedimiento legislativo, atentando incluso contra el constituyente permanente, el cual debe ser un proceso solemne casi sagrado, donde la representación del pueblo concebida en el Congreso del Estado y en los Cabildos, celebran una reforma al máximo ordenamiento jurídico a nivel local que es la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, que por lógica se entiende que cada que se modifica, es para buscar el bienestar de los ciudadanos, resultando de suma importancia que estén enterados, y que a través de los legisladores y ediles que fueron congraciados con el voto popular, manifiesten su respaldo o rechazo a las modificaciones a la Constitución Local.

Lo anteriormente expuesto, nos permite tener un criterio más amplio de lo que hoy se disputa, es necesario ver más allá de; si una consulta es legal o no, o si la reforma que amplia el período es valida o no lo es, (eso lo determinará la Suprema Corte de Justicia de la Nación), lo que si es indispensable, es conocer la verdad y que la gente sepa, que el período que hoy se busca ampliar, tiene su origen en una reforma electoral, producto de un proceso con muchas fallas, donde no se hizo ninguna consulta pública y aparentemente se nos ocultó la verdad. 

Toda esta información es producto de una investigación y de diversas solicitudes de información a través de las plataformas de transparencia, mediante las cuales pude saber que el Ayuntamiento de Tecate aprobó la reforma el día 24 de septiembre de 2014, trece días después de que se emitió la declaratoria; el Ayuntamiento de Playas de Rosarito contestó que no tienen información en sus archivos que les permita precisar si fue aprobada o no; de igual forma el Ayuntamiento de Ensenada, dijo no tener información y el de Mexicali, respondió con una evasiva, lo que le da más misterio, a la temeraria reforma electoral de 2014. 

Lararium: A quienes la consulta los insulta, y se dan golpes de pecho, acusando de violaciones a la Ley, de falta de certeza, y de ilegalidades, son los mismos que en 2014 incurrieron e encubrieron lo que hoy denuncian.

Vinculo de la declaratoria

El autor es Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Baja California, abogado titular del despacho jurídico Orden Legal, además de desempeñarse como consultor en materia legislativa, en su trayectoria ha sido reconocido con el premio estatal de la juventud, fue campeón estatal de debate político juvenil y participa como asesor en Organismos de la Sociedad Civil y es orgullosamente cimarrón.  Twitter: @A

Esta columna no refleja la opinión de Agencia Fronteriza de Noticias, sino que corresponde al punto de vista y libre expresión del autor.

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