Padilla responde a señalamientos de la ASEBC
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Padilla responde a señalamientos de la ASEBC

MEXICALI BC - domingo 3 de octubre de 2021 - AFN.
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CARTAS DE NUESTROS LECTORES

MEXICALI BC 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021.

En relación al documento “aclaratorio” emitido por la ASEBC, existen diversos cuestionamientos y comentarios al respecto:

PRIMERO.- Con el fin de clarificar los hechos que de manera dolosa manipularon para desvirtuar sus propios ilícitos, lo primero relevante es el destacar cómo ocurrieron ciertamente los hechos. Con fecha 12 de marzo del año en curso un servidor se encontraba laborando como diariamente lo hacía, centrado en mis asuntos y con audífonos puestos, lleve a cabo un comentario en relación al contenido de un video popularmente conocido en redes sociales durante el momento de esparcimiento correspondiente, cabe señalar que el 
mismo no contaba con la más mínima relación con la supuesta compañera agredida, posterior a tales hechos, ésta alza la voz con tono agresivo y altisonante señalando que no me dirigiera así de ella (nótese que no me encontraba dirigiéndome a ella en ningún momento, y ni siquiera tenía relación alguna con está el comentario que por libre derecho de expresión fue pronunciado por mi parte), por lo que ante tal agresión verbal, el impulso natural fue defender en el mismo tono la versión de los hechos, discusión que no pasó de dos o tres frases hasta que el compañero de ambos, y único testigo de cargo, nos exhortó a que no estuviéramos levantando la voz y concluyendo con el conflicto; momentos después, el suscrito, consciente de que pudo prestarse a malentendidos, le ofreció una sincera disculpa a la compañera, misma que la aceptó sin ningún problema, y aunado a ello, se trataba de la primera ocasión en que existía una queja referente al comportamiento del suscrito, quien sostienen posteriormente que era repetido, pero de haber sido el caso, así como en esta ocasión “alzó la voz” pudo haberlo hecho desde el año 2020, cuando el empoderamiento femenino y el movimiento feminista estuvo en su auge, lo cual no ocurrió en la especie.

Segundo.- Del relato de los hechos anteriormente expuestos se advierte que, en primer lugar, con la aceptación de la disculpa a pesar de haber sido el primero en ser agredido, denota la caballerosidad y buen trato hacia todas las compañeras en general, siendo testigos múltiples compañeras con quienes compartí años en la misma dependencia sin ningún solo percance y además en pleno estado de igualdad y sin supra a subordinación (lo cual excluye el concepto de “hostigamiento” en términos del Código Penal del Estado), y en segundo lugar, al momento de la diligencia improvisada, en la cual fueron omitidos múltiples momentos procesales esenciales que debían llevarse a cabo para poder concretar su perversa intención, como primera declaración la supuesta “ofendida” señaló que no tenía intención de hacer ninguna diligencia, lo cual una vez más, denota el carácter doloso de parte de la autoridad cuyo único fin era el afectar al trabajador de base cuya inamovilidad y estabilidad en el empleo constitucionalmente consagrado, para hacer omisa tal garantía únicamente con el fin de evitar que fuera darse a conocer las irregularidades que estos día con día continúan perpetuando.

Tercero.- Del comunicado emitido por la ASEBC se advierte además que, se intenta de manera patética y carente de argumentos, desconociendo en definitiva el derecho como tal, al señalar que el suscrito se encuentra enfrentando un proceso por “hostigamiento sexual y laboral” cuando en el punto anterior fue señalado que tales acusaciones ciertamente son falsas, toda vez que, al intentar realizar un procedimiento por la vía de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, quedó en evidencia la coacción de los funcionarios a los testigos de cargo, ya qué tal como la grabación lo corrobora, se insistió tajantemente en reconsiderar lo declarado y “señalar correctamente los hechos”, lo cual denota la clara intención de afectar de manera particular al suscrito, únicamente utilizando una excusa basada en falsas acusaciones para privar del sustento a mi familia así como destruir su salud mental e integridad moral. No es Justo, y hoy he decidido romper el silencio.

Cuarto.- El último y más importante cuestionamiento es, ¿que tiene que decir la Auditoría Superior en relación a los delitos que se les imputan? ¿Acaso pretenden desvirtuar descaradamente sus ilícitos al continuar con la deshonra de mi nombre? ¿Acaso los medios de comunicación harán caso omiso, tal como la Contraloría del Congreso del Estado, y la propia Dip. Alejandra Ang?

Quinto.- La 4T tiene como bandera la abolición de la corrupción, es una lástima que, a pesar de ser un fiel simpatizante, sindicalizado y trabajador en la administración pública por más de 3 décadas, por el hecho de señalar actos irregulares, sea víctima de represión, tal como en el siglo XX y el viejo PRI.

Sexto.- No confundamos, exhorto a la audiencia y opinión pública a que analice y conozca el contexto completo, la injusticia cometida contra mi y mi familia es el menor de dos males, el verdadero problema es que funcionarios corruptos y abusivos del poder continúen supervisando las cuentas públicas a su beneficio, manejen con tiranía la dependencia y peor aún, por conflictos de interés entre los dos funcionarios involucrados, el silencio sea el único escudo contra las injusticias como la que viví.

Séptimo.- Por mi parte, hasta las últimas consecuencias habré de llegar en caso de no ser escuchado, reinstalado y con las prestaciones que me fueron injustamente despojadas, ya que en ningún momento el acta que refieren en el comunicado de la ASEBC se cumplen con los requisitos de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, aplicada supletoriamente a la Ley del Servicio Civil, con las debidas diligencias e investigación previa al despido que, al hacer caso omiso de las mismas, se presume injustificado, así que como última recomendación, sugiero a las autoridades responsables que estudien bien, ya que el derecho es muy claro, y las consecuencias a alejarse del mismo también lo son.

Octavo.- Únicamente para aclarar por qué me reserve de hacer comentarios en la diligencia de la ilegal acta administrativa levantada, fue por el simple hecho de que al participar en alegatos constituiría la conformidad y consentimiento de qué tal acto irregular se suscitara del modo en que fue realizado, y posteriormente se alegara que el suscrito estuvo de acuerdo con el método empleado, sin embargo ello de ninguna manera implica la aceptación de los actos imputados ni conformidad con todo lo ocurrido.

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